El seguro del hogar es uno de los seguros más contratados en España. El hogar representa uno de los activos más importantes dentro de la unidad familiar, y su seguridad es de una importancia vital. Daños por agua, roturas de cristales, fuegos ocasionados en una cocina o por un fallo de un aparato eléctrico, o robos en el hogar son las incidencias más habituales en un domicilio. Pero además es habitual que los seguros cubran situaciones menos conocidas por los usuarios como la reposición de documentos importantes (hipotecas, escrituras, etc.) si éstos son destruidos, o compensación por los productos del frigorífico y congelador si existe un corte eléctrico, o robos fuera del hogar de elementos personales como un bolso, dinero, teléfono móvil, etc. siempre que no sea considero hurto.
Pero además de los daños en el propio domicilio, también somos responsables de los daños que podamos ocasionar en los hogares contiguos. Si por ejemplo tenemos un escape de agua, o un incendio, y causamos daños en el hogar de un vecino, éste o su compañía de seguros nos reclamará por los daños ocasionados via judicial. También nos puede caer algún objeto desde el balcón o ventana y ocasionar graves daños materiales o personales, por eso es importante disponer de un seguro del hogar que también incluya la cobertura de responsabilidad civil.
Disponer de un seguro para una vivienda en alquiler es tan importante para el propietario como también lo es para el inquilino. En el caso del inquilino, éste debería de contratar la cobertura para el contenido y la responsabilidad civil. Muchas veces el inquilino tiene la impresión de que como la vivienda no es suya pues no necesita de ningún seguro, y esto es totalmente erróneo. Si se produce cualquier daño ocasionado por una negligencia suya (por ejemplo, el olvido de un grifo de agua abierto, o unos fogones encendidos), se le reclamarán a él los daños ocasionados hasta el último céntimo. Para un propietario disponer de un inquilino que asuma unos riesgos elevados no es muy aconsejable por las consecuencias que pueda tener (el inquilino se puede declarar insolvente frente a un proceso judicial), y recomendaríamos a todo propietario exigir al inquilino disponer también de un seguro del hogar.
En el imaginario de los clientes está la idea de que el seguro lo cubre todo. El cliente muchas veces cree que cuando un mediador de seguros le ofrece un buen producto con unas buenas coberturas, le está ofreciendo un seguro que cubrirá cualquier tipo de accidente o siniestro en el hogar. Es importante que el cliente entienda que todo desperfecto debido a una falta de mantenimiento no quedará cubierto por el seguro, si bien éste cubrirá las consecuencias de ese desperfecto. Nuestra recomendación es la de siempre acudir a un mediador de seguros profesional para que nos asesore y nos explique los detalles de la póliza que vamos a contratar. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) establece la formación obligatoria que certifica y acredita una serie de conocimientos necesarios para ejercer de mediador de seguros; en nuestro despacho disponemos de dicha formación obligatoria (Curso de Mediadores de Seguros Grupo B).
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